sábado, 12 de diciembre de 2015

Segun el código de la familia la integración de la familia se condiciona así:


Según el código de la familia la integración de la familia se condiciona así:


Art. 37 Concepto e integración de la familia
La familia es el núcleo fundamental de la sociedad y tiene derecho
a la protección de ésta y del Estado. Está integrada por un grupo de
personas naturales con capacidades, habilidades y destrezas diferentes,
unidas por el matrimonio o unión de hecho estable entre un hombre
y una mujer y vínculos de parentesco. De igual forma, las familias
encabezadas por madres solteras, padres solteros, viudas, viudos,
divorciados, divorciadas, abuelos, abuelas, así como por otros miembros
de la familia, que ejerzan la autoridad parental, gozarán de la misma
protección y tendrán los mismos deberes y derechos de solidaridad,
respeto, tolerancia y buen trato establecidos en este Código.
Los pueblos originarios y afrodescendientes tienen derecho a preservar,
mantener y promover sus propios sistemas de familia. El Estado
reconocerá, respetará y protegerá las distintas formas de familia originaria
y afrodescendiente, en particular la familia extensa. El Estado reconocerá
en particular el derecho de las familias y los pueblos originarios y
afrodescendientes a seguir compartiendo la responsabilidad por la
crianza, la formación, la educación y el bienestar de sus hijos e hijas, en
observancia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Art. 38 Obligaciones de los integrantes del núcleo familiar
Las personas que integran la familia, tienen la obligación de velar por la convivencia entre ellos mismos.

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