
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO. Los Principios
Generales del Derecho son enunciaciones normativas de valor genérico, deducidos
con procedimientos de generalización, del conjunto de elementos históricos,
sociales y éticos de una sociedad en un momento determinado. De entre
todas las enunciaciones son las más generales. Constituyen el espíritu de la
legislación.En la vida social del ser
humano hay muchas reglas de conducta a las cuales se halla atado. Unas regulan
su conducta, otras sus relaciones con los demás hombres, o con grupos mayor
Las reglas de conducta o
normas se dividen según su finalidad en: morales, religiosas, estéticas, de uso
social, jurídicas, etc. Las morales tienden a la consecución de la virtud, es
decir las normas morales obligan a obrar bien, independientemente de los
preceptos de la ley; las normas religiosas a la redención del alma, las
estéticas a logro de la belleza; las de uso social, a satisfacer el honor, el
decoro, las modas y otras exigencias impuestas a sus miembros por ciertos
grupos sociales en un determinado momento histórico. Y, finalmente, las jurídicas,
que hacen posible la vida social. Aun dentro de estas últimas, algunas tienen
una sanción: Es la norma jurídica-penal.
“Norma jurídica. Denominase
así la significación lógica creada según ciertos procedimientos instituidos por
una comunidad jurídica y que, como manifestación unificada de la voluntad de
ésta, formalmente expresada a través de sus órganos e instancias productoras,
regula la conducta humana en un tiempo y un lugar definidos, prescribiendo a
los individuos, frente a determinadas circunstancias condicionantes, deberes y
facultades, y estableciendo una o más sanciones coactivas para el supuesto de
que dichos deberes no sean cumplidos, los principios del derecho y sus
generalidades surgen para dar vida al cumplimientos de las normas que en estos
se constituye……………….
término fuente
del Derecho designa
todo lo que contribuye o ha contribuido a crear el conjunto de reglas jurídicas
aplicables dentro de un Estado en un momento dado. En los países con derecho escrito, las principales
fuentes del Derecho son tanto textos como tratados internacionales, constituciones, leyes, reglamentos. Sin embargo, otras fuentes son a veces admitidas
según la materia, tales como la costumbre, los principios generales del Derecho consagrados
por la jurisprudencia (a veces inspirados por la doctrina de juristas especializados,
profesores, abogados, magistrados, etc.) o unos principios de Derecho natural, universales, escritos en la naturaleza y
costumbres de los seres vivos y el ser mismo de las cosas. Las fuentes del
Derecho son un criterio de determinación del sistema jurídico.
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