DERECHO ADUANERO Y SUS CARACTERÍSTICAS
Funciones de la DGA: La Dirección General de Servicios Aduaneros (DGA) tendrá las siguientes funciones:

3) Realizar las gestiones administrativas y judiciales para exigir el pago de los impuestos bajo su control e imponer, en su caso, las sanciones correspondientes.
4) Normar y administrar la política aduanera, fortalecerla y consolidar la bajo los criterios de modernización.
5) Brindar la asistencia que le soliciten las instancias que correspondan en el marco de la reciprocidad del Convenio Multilateral de Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduanas de América Latina, España y Portugal y otros Convenios relativos a la materia.
6) Planificar, dirigir, controlar, supervisar el servicio aduanero, así como el flujo de mercancías que ingresan y salen del país.
7) Brindar servicios aduaneros ágiles que faciliten el comercio internacional y asesorar a los usuarios sobre sus deberes y derechos ante la administración aduanera.
8) Verificar la correcta aplicación del valor aduanero de mercancías.
9) Ejercer controles sobre mercancías que están amparadas bajo Regímenes Aduaneros Especiales: Almacenes Generales de Depósito, Depósitos Aduaneros, Zonas Francas, Tiendas Libres, regímenes temporales y otros.
10) Requerir el auxilio judicial y policial cuando hubiere impedimento en el desempeño de las funciones y facultades que le confieren las leyes.
11) Delimitar y administrar la zona de jurisdicción aduanera de los perímetros fronterizos especiales y de las vías habilitadas, así como el establecimiento o supresiones de Aduanas y oficinas aduaneras.
12) Conforme las leyes respectivas, someter a subasta pública la mercadería en abandono y la decomisada por defraudación y contrabando aduanero.
13) Perseguir las infracciones y aplicar las sanciones correspondientes en el ámbito aduanero, de conformidad a la ley de la materia.
14) Las demás funciones que le asigne la Ley 265, Ley que Establece el Autodespacho para la Importación, Exportación y Otros Regímenes.
Las demás que le asignen otros cuerpos legales.
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